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El próximo 31 de octubre finaliza el plazo de tres meses establecido por la nueva Guía sobre el uso de las Cookies aprobada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para la adaptación de nuestra página web.

Esta adaptación surge de la necesidad de cumplir con las Directrices 05/2020 sobre consentimiento del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) que modificaban algunos puntos clave de la Guía de Cookies publicada por la AEPD en noviembre de 2019.

¿Cuáles son las principales modificaciones establecidas por la nueva Guía?

  1. Consentimiento expreso: esta nueva Guía establece que el consentimiento del usuario debe ser expreso e inequívoco. O lo que es lo mismo, se prohíbe la formula “seguir navegando” en cualquier de sus formas.

 

  1. Prohibición de los llamados “muros de Cookies”: Este punto está directamente relacionado con el consentimiento del usuario, se establece que, por el hecho de no haber aceptado las Cookies, no puede impedirse el acceso a los servicios o funcionalidades de la página web.

Es decir, el contenido de la página no puede estar supeditado a la aceptación de las Cookies, salvo, y así lo permite la Guía, que pueda ofrecerse una alternativa válida al usuario.

  1. Transparencia: ya lo recogía la anterior Guía de Cookies, pero el cumplimiento del deber de información al usuario será una cuestión fundamental a la hora de cumplir con la normativa. La información se podrá dar en dos capas que deberán contener el detalle entre otras cuestiones de qué tipos de cookies se utilizan, finalidad, quién las sirve, etc., de forma y manera que los visitantes del sitio pueden otorgar su aceptación de manera informada.

 

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