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  • Aportación del 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades para subvencionar actividades consideradas de interés social. Nuevas claves especiales.

En el ámbito de Territorio Común, se ha habilitado una clave especial en los modelos 200 y 202 (claves 0073 y 069, respectivamente) para destinar, en su caso, de forma voluntaria, el 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades a subvencionar actividades consideradas de interés social. 

  •  Entidades de Capital Riesgo, exceptuadas de realizar el pago fraccionado mínimo.

Se exceptúa a las entidades de capital riesgo (reguladas en la Ley 22/2014, de 12 de noviembre) de la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo establecido para las grandes empresas en el ámbito de Territorio Común (dicha modificación tiene efectos a partir del segundo pago fraccionado el IS en el ámbito de Territorio Común).

  • Modificación del Modelo S-91 (Navarra).

Se habilita dicho modelo para que los contribuyentes que apliquen normativa foral de las Diputaciones del País Vasco efectúen la declaración e ingreso de los pagos fraccionados a la Comunidad Foral de Navarra, dada la novedosa regulación del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades en las Diputaciones del País Vasco.

  • Plazos de presentación del pago fraccionado.

Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades sometidos a normativa foral del País Vasco tienen la obligación, con efectos para periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2018, de autoliquidar y efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación del citado impuesto correspondiente al periodo impositivo que esté en curso el día 1 del citado mes de octubre, dentro de los 25 primeros días de ese mes.

En el caso de contribuyentes del Impuesto sujetos a normativa foral navarra y a normativa de Territorio Común, dicha obligación ha de realizarse dentro de los 20 primeros días naturales del mes de octubre, si bien, excepcionalmente, el plazo para este pago fraccionado finaliza el día 22 de octubre, lunes.

Por otra parte, cabe destacar que aquellas sociedades sujetas a normativa navarra o vasca, en el correspondiente modelo de ámbito estatal (modelo 202 o 222) podrán indicar su respectiva normativa de aplicación. Asimismo, se ha creado una nueva clave de periodo anual en dichos modelos teniendo en cuenta que en Navarra y País Vasco únicamente se realiza un único pago fraccionado en el mes de octubre.

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