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El 30 de marzo de 2022 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. En él se recogen ayudas directas a empresas de transporte de mercancías y viajeros/as especialmente afectadas por la subida de los precios de los carburantes destinadas a paliar el efecto perjudicial del incremento de los costes de los productos petrolíferos ocasionados como consecuencia de la invasión de Ucrania y las sanciones impuestas a Rusia por su causa.

En la Comunidad Foral son beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas y sociedades con personalidad jurídica propia, con domicilio fiscal en Navarra, que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y que, a fecha 29 de marzo de 2022, se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

Las actividades que pueden optar a estas ayudas son el transporte por taxi, el transporte terrestre de pasajeros, el transporte de mercancías por carretera y los servicios de transporte sanitario de personas. Dentro de cada una de estas actividades, el importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario, sin que en ningún caso el importe resultante pueda superar la cantidad de 400.000 euros.

El importe de la ayuda será conforme a la siguiente tabla:

 

La ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.

El plazo para solicitar las ayudas se ha abierto hoy 8 de abril de 2022 y hasta el 30 de abril (incluido).

La documentación a presentar es la siguiente:

  • NIF del o de la solicitante
  • Apellidos y nombre, denominación o razón social de la empresa
  • N.º de cuenta bancaria

En caso de no presentar la solicitud en nombre propio, se deberá presentar, además, documento de representación debidamente firmado (mediante firma digital) por el o la solicitante.

La solicitud se puede tramitar en el siguiente enlace.

 

 

 

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