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ARPA asesora a Caramelos El Caserío de Tafalla en la adquisición de las marcas “Dos Cafeteras” y “La Cafetera”

La empresa El Caserío de Tafalla adquiere y recupera estas dos marcas centenarias de caramenlos que dejaron de venderse en 2022 tras el cierre de Dulsa

 

ARPA Abogados Consultores ha asesorado a Caramelos El Caserío de Tafalla en la adquisición de las marcas centenarias de caramelos “Dos Cafeteras” y “La Cafetera” que dejaron de venderse en julio de 2022 tras el cierre de Dulsa, su último fabricante.

Tras la compra en agosto de El Caserío de Tafalla, esta es la segunda operación del grupo inversor formado por Santiago Sala, CEO del Grupo Apex; la sociedad pública Sodena, dependiente del Gobierno de Navarra; y Ramón San Martín, director general de la firma tafallesa. Dos Cafeteras y La Cafetera estaban entre sus objetivos, ya que “comparten los mismos valores de calidad, tradición, historia y arraigo en Navarra”. Así, y con la firma de esta operación, la empresa «se consolida en el mercado como fabricante de caramelos premium elaborados en España».

En palabras de Ramón San Martín, director general de El Caserío: “Tafalla, Navarra y España recuperan dos marcas de referencia que nos retan a ser mejores, a crecer y con ello a generar más empleo y oportunidades a toda nuestra cadena de valor y, en definitiva, a toda la sociedad”.

En la actualidad, los productos El Caserío se consumen en más de una decena de países ubicados en 4 de los cinco continentes, lo que supone un 11% del total de facturación, que espera duplicarse en los próximos años gracias al impulso de la exportación. La adquisición de ambas marcas abre a la compañía la distribución a los mercados de Japón y Corea, en los que ya comercializaba Dulsa. Asimismo, aumentará su plantilla un 10% y ampliará la producción en un segundo turno más.

En esta misma línea, Sala añadió que “esta operación se lleva a cabo en el marco del plan estratégico de El Caserío de Tafalla, que busca el crecimiento de la compañía mediante un plan de adquisiciones, como es el caso de Dulsa y sus productos y marcas”.

ARPA Abogados Consultores  es un despacho con más de 30 años de experiencia ayudando a sus clientes a desarrollar sus proyectos empresariales, aportando valor, confianza y seguridad, mediante un asesoramiento integral: jurídico, económico y fiscal y fomentando la creación de relaciones. Con calidad, compromiso y cercanía, trabajamos contigo y te ayudamos y acompañamos allá donde lo necesites, ofreciéndote una cobertura tanto nacional como internacional.

 

A continuación les dejamos los enlaces a varios medios de comunicación que se han hecho eco de la noticia:

Recomendaciones para el día después desde el ámbito de contratación.

Siguiendo con la serie de recomendaciones para ir preparando la salida del estado de alarma que estamos remitiendo desde ARPA Abogados Consultores, la presente circular tiene por objeto tratar sobre las medidas que se pueden tomar en el ámbito de la contratación civil y mercantil. En este sentido es sumamente importante anticiparse y recuperar la seguridad contractual tras los periodos de incertidumbre que hemos vivido. De este modo, nuestras recomendaciones son:

  • Incluir cláusulas específicas sobre coronavirus en los contratos. Resulta de vital importancia regular esta situación con la que, presumiblemente, nos tocará lidiar en la “nueva normalidad”. Además, hay que tener en cuenta que tras todo lo sucedido, el COVID-19 no va a ser ya una circunstancia imprevisible cuando suscribamos un nuevo contrato. Por tanto, si en el futuro no podemos cumplir con nuestras obligaciones de dicho contrato debido a un rebrote, etc. ya no podremos ampararnos en fórmulas como la fuerza mayor, la “rebus sic stantibus” u otros mecanismos que se basan en el surgimiento de situaciones que eran completamente imprevisibles en el momento en el que se firmó el contrato. Por ello, regular las consecuencias que puede tener el coronavirus al negociar un nuevo contrato resulta fundamental para asegurar nuestros intereses, proteger las relaciones comerciales y minimizar riesgos.
  • Analizar la solvencia de nuestra propia empresa y la de terceros con los que firmemos contratos. Es importante realizar este análisis en una doble vertiente:
    • Desde un punto de vista externo, valorando la solvencia que puedan tener terceros con los que contratemos, para evitar el riesgo de que se produzcan impagos.
    • Desde un punto de vista interno, valorando nuestra propia solvencia. Aunque los recientes cambios normativos retrasen hasta el 31 de diciembre de 2020 el deber de solicitar la declaración de concurso del deudor que se encuentre en estado de insolvencia, no debemos obviar la responsabilidad en la que se puede incurrir si, con conocimiento de causa, se agrava la situación de insolvencia suscribiendo obligaciones de imposible cumplimiento. Esta actuación tiene consecuencias desde tres ámbitos:

 1) Civil: responsabilidad derivada del incumplimiento de obligaciones adquiridas.

2)  Concursal: posible calificación culpable del concurso y responsabilidad personal del administrador de la sociedad por el déficit patrimonial causado.

3)  Penal: posible delito de estafa, por la obtención de lucro mediante engaño causando un perjuicio patrimonial a un tercero. Responsabilidad de la persona física y la propia persona jurídica.

Desde el Departamento de Derecho Internacional y Contratación de ARPA Abogados Consultores estaremos encantados de colaborar con ustedes en lo que necesiten, ayudándoles en el análisis de su situación actual y proponiéndoles alternativas e instrumentos para poder tomar las mejores decisiones.

 

 

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