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Subvenciones para la financiación de programas de compliance en materia de competencia (País Vasco)

 

Las pymes y los autónomos también están sujetos al derecho de la competencia. La Autoridad Vasca de la Competencia (LEA/AVC) ha anunciado una convocatoria de subvenciones destinadas a pymes y personas autónomas con actividad económica en la Comunidad Autónoma Vasca para financiar la implantación de su primer programa de compliance en materia de competencia.

Las ayudas cubrirán hasta el 70 % del presupuesto aceptado, con un máximo de 10.000 € por beneficiario. Se concederán por orden de solicitud hasta agotar los 20.000 € disponibles. El abono se realizará en un único pago, previa justificación del diseño del programa y su implementación, antes del 16 de diciembre de 2025.

 

Plazos y requisitos clave:

Presentación de solicitudes: Ya está abierto el plazo para presentar solicitudes, que permanecerá disponible hasta el 30 de septiembre de 2025.

Formato: Pueden presentarse a través de la sede electrónica de la CAE: https://www.euskadi.eus/servicios/1258401.

Requisitos:

      • Los proyectos deberán diseñarse e implantarse durante 2025, y podrán consistir en programas nuevos o subprogramas específicos integrados en sistemas de compliance ya existentes.

      • Que los beneficiarios desarrollen alguna actividad económica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

 

Nuestro equipo de derecho de la competencia está a vuestra disposición para más información y asesoramiento en relación con los programas de compliance.

 

ARPA asesora a Sodena en la desinversión de su participación en Solaris B&C a favor del Grupo CAF

CAF consolida el 100 % del capital de la compañía líder europea en movilidad urbana sostenible tras adquirir el 2,67 % que mantenía la sociedad pública navarra.

 

ARPA Abogados Consultores ha asesorado a Sodena, sociedad pública del Gobierno de Navarra, en la operación de venta de su participación del 2,67 % en Solaris Bus & Coach (Solaris), compañía polaca especializada en la fabricación de autobuses sostenibles, al Grupo CAF (Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles). Con esta transacción, CAF consolida su posición como accionista único de Solaris, completando así el control del 100 % del capital social de la firma.

Esta desinversión ha permitido a Sodena recuperar su inversión en el proyecto industrial inicial, que se inició con Vectia, integrado posteriormente en Solaris, con un múltiplo de salida de 1,3. La operación representa un caso de éxito en el acompañamiento a iniciativas empresariales tecnológicas con arraigo territorial.

Desde ARPA, hemos acompañado a Sodena a lo largo de todas las fases del proceso, prestando asesoramiento jurídico integral en materia mercantil y contractual, en una operación de marcado carácter internacional y relevancia estratégica para el tejido industrial navarro.

La salida de Sodena del capital de Solaris se enmarca en la evolución natural de un proyecto industrial consolidado, con presencia en la Comunidad Foral a través de la planta que CAF mantiene en Castejón, desde la que se desarrollan actividades tanto ferroviarias como del segmento de autobuses urbanos. Asimismo, la presencia del Grupo CAF en Navarra se extiende al sector aeroespacial mediante Orbital Critical Systems.

 

Sobre CAF

El Grupo CAF es uno de los líderes en el mercado internacional como proveedor de sistemas integrales de transporte, tanto en el ámbito ferroviario (metro, tranvías, alta velocidad, suburbanos, cercanías, LRVs, locomotoras, obra civil, electrificación) como el no ferroviario (autobuses urbanos sostenibles). Con una cifra de negocio superior a los 4.000 millones de euros, CAF ha desarrollado importantes proyectos en el ámbito internacional en numerosos países de los cinco continentes. Actualmente el Grupo CAF lo forman una plantilla de más de 16.000 personas, y cuenta con plantas productivas en España, Francia, Estados Unidos, Brasil, México, Polonia y Reino Unido, así como un gran número de filiales a lo largo de todo el mundo.

 

ARPA Abogados Consultores

ARPA Abogados Consultores es un despacho con más de 30 años de experiencia y sedes en Pamplona, Madrid y San Sebastián. Asimismo, forma parte de las redes Latiam y Eurojuris International para ofrecer cobertura jurídica en más de 60 países. El despacho navarro cuenta en la actualidad con una plantilla de más de 90 profesionales para acompañar a las empresas en sus proyectos, ofreciendo un asesoramiento integral, jurídico, económico y fiscal, aportando valor, confianza, compromiso y seguridad a sus clientes.

 

A continuación, les dejamos los enlaces a los distintos medios que se han hecho eco de la noticia.

ARPA Abogados Consultores asesora a Grupo Apex, en la adquisición de Super-Mex Foods.

Grupo Apex anunció ayer la adquisición de la empresa gaditana Supermex, especializada en tortillas ‘chips’ y productos ‘tex mex’

 

ARPA Abogados Consultores ha asesorado a Grupo APEX en el proceso de adquisición de la empresa Chávez y Clark, S.L.U. (Supermex), empresa especializada en fabricación y distribución de tortillas de maíz y trigo con sede en El Puerto de Santa María (Cádiz).

La operación supone la incorporación de una nueva planta de producción al Grupo Apex, que ya cuenta con doce centros productivos repartidos por toda la geografía española. Esta adquisición refuerza la presencia industrial del grupo en el sur del país y permite diversificar su catálogo de productos hacia nuevas categorías en auge dentro del sector de la alimentación, como las tortillas de maíz.

Supermex, fundada hace más de veinticinco años por la familia estadounidense Stockwell, está especializada en la fabricación y distribución de tortilla chips, salsas y sazonadores, y es “pionera en la elaboración de tortillas mediante el método tradicional azteca de la nixtamalización”. “Este enfoque artesanal ha permitido elaborar productos de alta calidad a un precio competitivo y consolidar la marca tanto en el mercado nacional como en varios países europeos”, destacaron desde Grupo Apex.

Supermex cuenta con unas instalaciones de 1.300 metros cuadrados dedicados a fabricación y un almacén de producto terminado de 1.000 metros cuadrados. Actualmente da empleo a 36 trabajadores y su facturación en 2024 fue de de 5,34 millones de euros, con unas previsiones para 2025 de alcanzar los 6 millones de euros en ventas.

En palabras de Santiago Sala, CEO de Grupo APEX: “Esta adquisición responde plenamente a nuestra estrategia de crecimiento sostenido y diversificación del portafolio, liderando el desarrollo y la generación de valor en el sector de los snacks. Queremos crecer sin excusas, con una estructura cada vez más sólida y apostando por marcas y productos con alto potencial tanto en España como en Europa”.

 

Grupo APEX

Con sede en Ribaforada (Navarra), Grupo Apex es una compañía de capital 100% español que opera bajo marcas líderes como Aspitos, Popitas, Marinas, Vicente Vidal, Jumpers o Puntazos. Su objetivo es duplicar su facturación cada cuatro años mediante crecimiento orgánico y adquisiciones estratégicas. Esta nueva incorporación de Supermex consolida a Grupo Apex como uno de los grupos de alimentación más dinámicos del país, capaz de integrar empresas con fuerte identidad y arraigo local, manteniendo su esencia y potenciando su desarrollo en nuevos mercados.

 

ARPA Abogados Consultores

ARPA Abogados Consultores es un despacho con más de 30 años de experiencia y sedes en Pamplona, Madrid y San Sebastián. Asimismo, forma parte de las redes Latiam y Eurojuris International para ofrecer cobertura jurídica en más de 60 países. El despacho navarro cuenta en la actualidad con una plantilla de más de 90 profesionales para acompañar a las empresas en sus proyectos, ofreciendo un asesoramiento integral, jurídico, económico y fiscal, aportando valor, confianza, compromiso y seguridad a sus clientes.

 

A continuación, les dejamos los enlaces a los distintos medios que se han hecho eco de la noticia.

ARPA asesora a Sodena en su participación en la ronda de inversión estratégica de UBYKO por importe de 450.000 euros

En esta ronda de financiación participa también la familia Guindulain, propietaria de Jofemar Corporación y que le facilitará todas sus capacidades industriales y su red comercial internacional.

 

ARPA Abogados Consultores ha asesorado a Sodena en su participación en la ronda de inversión de 450.000 euros en Ubyko, empresa navarra especializada en soluciones robotizadas de almacenamiento urbano. Esta operación tiene como objetivo fortalecer la posición de la compañía para afianzar su estrategia comercial, reforzar su desarrollo tecnológico y acelerar la implementación de sus primeras soluciones en entornos reales.

Ubyko diseña y ensambla sistemas inteligentes de almacenamiento que transforman espacios urbanos en microhubs logísticos autónomos, conectados a puntos de recogida 24/7. Tal y como informan en un comunicado, «su tecnología permite multiplicar la eficiencia del reparto de última milla, reducir el tráfico y las emisiones en ciudad y mejorar la accesibilidad a productos y servicios». 

En palabras de Diego Zúñiga y Hugo Fernández, cofundadores de Ubyko: “Este acuerdo llega en un momento clave. Nos permite dar solidez a nuestra estrategia de despliegue, mejorar la propuesta tecnológica y acercarnos a los primeros clientes de gran cuenta. Contar con estos socios es una garantía para afrontar esta etapa con ambición y solvencia y duplicar la plantilla en los próximos meses”

La operación cuenta también con el apoyo de la familia Guindulain, propietaria de Jofemar Corporación, lo que refuerza la dimensión técnica e industrial del proyecto, gracias a la experiencia del grupo en fabricación avanzada, automatización y distribución internacional. 

 Ubyko ha sido una de las primeras pymes reconocidas por ENISA como empresa innovadora, y cuenta además con el respaldo del CDTI mediante el programa NEOTEC, pensado para impulsar la I+D en compañías de base tecnológica. Con este apoyo, ha llevado a cabo soluciones de visión artificial y robótica aplicadas a la logística urbana.

Sodena es el instrumento financiero del Gobierno de Navarra para captar y desarrollar proyectos empresariales de valor añadido para Navarra, apoyándolos financieramente, acompañando y facilitando su ubicación y poniendo a su disposición su red de contactos, así como para coordinar el diseño e implementación de la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad regional. Todo ello con el objetivo de contribuir al desarrollo regional y a la creación de empleo de calidad.

Iñaki Larraya, director gerente de la sociedad pública, afirma «Nos alegra participar en una operación de coinversión con la familia Guindulain, con gran experiencia en el sector, con quien tenemos la grata experiencia de compartir su proyecto empresarial y que sin duda contribuirá a poner en valor un proyecto tecnológico liderado por un equipo promotor que permitirá, además, la creación de empleo de alta cualificación”.

ARPA Abogados Consultores es un despacho con más de 30 años de experiencia y sedes en Pamplona, Madrid y San Sebastián. Asimismo, forma parte de las redes Latiam y Eurojuris International para ofrecer cobertura jurídica en más de 60 países. El despacho navarro cuenta en la actualidad con una plantilla de más de 90 profesionales para acompañar a las empresas en sus proyectos, ofreciendo un asesoramiento integral, jurídico, económico y fiscal, aportando valor, confianza, compromiso y seguridad a sus clientes.

 

Enlaces a la noticia publicados en prensa:

 

 

 

 

 

Actualidad de Nuevas Tecnologías y Cumplimiento Normativo. N.º 5- 2025

Protección de datos y seguridad de la información

 

Cumplimiento normativo

 


 

 

PROTECCIÓN DE DATOS Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

 

Navarra crea el Comité de Ética de la Oficina del Datos para regular el uso de la IA 

El Gobierno de Navarra ha constituido el Comité de Ética de la Oficina del Dato mediante la Orden Foral 129E/2024, con el propósito de asegurar un uso transparente y responsable de la Inteligencia Artificial en la Administración Pública. Este órgano consultivo analizará las implicaciones éticas del uso de datos personales y públicos, así como de algoritmos de IA, actuando como garante del cumplimiento del Manifiesto ético del Gobierno en esta materia. Entre sus funciones destacan la elaboración de protocolos de actuación para resolver conflictos éticos, la emisión de recomendaciones y el asesoramiento en la elaboración de planes estratégicos relacionados con el uso de datos. 

El comité estará compuesto por un máximo de 20 personas con experiencia técnica, jurídica o humanista, procedentes de la Administración, universidades, empresas tecnológicas y organizaciones ciudadanas. Se velará por la paridad de género y la pluralidad de perfiles, incluyendo juristas, especialistas en ética aplicada, comunicación y ciencia de datos. Tendrá una presidencia elegida entre sus vocalías y una secretaría adscrita al Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital. Sus integrantes tendrán un mandato de cuatro años, y se reunirán al menos dos veces al año, con posibilidad de convocar sesiones extraordinarias según lo requiera la situación. 

 

 

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Resolución sobre decisiones automatizadas: la AEPD analiza el sistema Bosco 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido la resolución PS/00324/2023, en la que se analiza el uso del sistema Bosco por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social (MTERD). Este sistema, basado en algoritmos, se emplea para detectar posibles fraudes en la contratación laboral. La AEPD evaluó si dicho tratamiento de datos personales se ajusta al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), identificando varias infracciones y señalando la necesidad de realizar una EIPD, dado que el sistema Bosco implica un tratamiento de datos personales a gran escala y puede tener un impacto significativo en los derechos de los ciudadanos. Además, la AEPD enfatiza en el principio de transparencia y destaca la importancia de que los responsables del tratamiento informen de manera clara y accesible sobre los criterios utilizados en los sistemas automatizados y las garantías implementadas para proteger los derechos de los interesados. 

 

 

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La Autoridad Italiana de protección de datos multa al chatbot Replika  

La Autoridad Italiana de Protección de Datos ha sancionado con 5 millones de euros a la empresa desarrolladora del chatbot de inteligencia artificial Replika, tras detectar varias infracciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La investigación reveló que Replika carecía de una base legal adecuada para el tratamiento de datos personales, no implementaba mecanismos efectivos de verificación de edad, a pesar de excluir a menores como usuarios, y proporcionaba una política de privacidad deficiente.  

Además de la sanción económica, la Autoridad italiana ha ordenado a la empresa que adapte sus prácticas de tratamiento de datos a las disposiciones del RGPD, particularmente en lo que respecta a la transparencia y protección de datos desde el diseño y por defecto. Asimismo, la Autoridad italiana ha anunciado la posibilidad de realizar una investigación adicional para evaluar la legalidad del tratamiento de datos a lo largo de todo el ciclo de vida del sistema de inteligencia artificial de Replika. 

 

 

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Nuevas Directrices sobre el tratamiento de datos personales en Blockchain 

El Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB) ha publicado recientemente nuevas directrices sobre el tratamiento de datos personales mediante tecnologías blockchain. Estas directrices buscan ayudar a las organizaciones a cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al utilizar esta tecnología. Se enfatiza la necesidad de implementar medidas técnicas y organizativas desde las primeras etapas del diseño, realizar evaluaciones de impacto en la protección de datos cuando sea probable que el tratamiento conlleve un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas, y evitar almacenar datos personales directamente en la cadena de bloques si esto entra en conflicto con los principios de protección de datos.  

Las directrices también destacan la importancia de definir claramente los roles y responsabilidades de los diferentes actores involucrados en el tratamiento de datos personales mediante blockchain. Además, se subraya la necesidad de garantizar los derechos de los individuos, como la transparencia, rectificación y supresión de datos personales. Dado que la naturaleza inmutable de la blockchain puede dificultar la eliminación de datos, se recomienda diseñar sistemas que permitan anonimizar eficazmente los datos personales si se solicita su supresión.  

Las directrices serán objeto de consulta pública hasta el 9 de junio de 2025, lo que brindará a las partes interesadas la oportunidad de presentar sus observaciones. 

 

 

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La AEPD publica su memoria 2024: la inteligencia artificial y los neurodatos, nuevos desafíos en protección de datos 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado su memoria anual correspondiente al año 2024. Según el informe, la AEPD tramitó un total de 18.885 reclamaciones, una cifra ligeramente inferior a la de 2023, aunque sigue siendo la segunda cifra más alta registrada hasta la fecha. Las principales quejas de los ciudadanos se centraron en la videovigilancia (19%), los servicios de internet (8%) y sectores como el comercio, transporte y hostelería (7%). Además, la AEPD impuso 281 sanciones, destacando multas significativas a formaciones políticas y grandes entidades por el uso indebido de datos personales. 

Entre los retos prioritarios señalados por la AEPD en esta memoria se encuentran el avance de la inteligencia artificial, el desarrollo de espacios de datos compartidos y el uso emergente de neurodatos. La agencia advierte del riesgo creciente que suponen estas tecnologías para la privacidad, especialmente cuando se trata de datos especialmente sensibles como los sanitarios o los que pueden revelar información cerebral o cognitiva. En este contexto, la AEPD plantea la necesidad de establecer garantías reforzadas, incluyendo la posible creación de “neuroderechos” para proteger la libertad y la intimidad de las personas frente a usos invasivos de las nuevas tecnologías. 

 

 

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La UE adopta el Espacio Europeo de Datos de Salud 

El Consejo de la Unión Europea ha adoptado recientemente el Reglamento (UE) 2025/327 que establece el Espacio Europeo de Datos de Salud (EEDS). Esta iniciativa busca mejorar el acceso y el intercambio de datos sanitarios electrónicos en toda la UE. Este marco legal tiene como finalidad otorgar mayor control a los ciudadanos, permitiéndoles acceder y controlar sus datos de salud personales desde cualquier Estado miembro, al tiempo que facilita la reutilización segura de información anonimizada con fines de investigación, innovación y formulación de políticas públicas. Además, los países de la UE deberán crear autoridades de salud digital para implementar estas disposiciones, promoviendo así la transformación digital del sector sanitario europeo. 

El Reglamento también establece requisitos para garantizar la interoperabilidad de los sistemas de historia clínica electrónica, exigiendo que todos cumplan con el formato europeo de intercambio de historias clínicas electrónicas. Esto permitirá un acceso transfronterizo eficiente y seguro a los servicios y productos sanitarios digitales dentro de la UE. El Reglamento entró en vigor el 26 de marzo de 2025, iniciando una fase de implementación gradual que culminará en 2031. 

 

 

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CUMPLIMIENTO NORMATIVO

 

 

Manuel Villoria toma posesión como presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante 

El pasado 9 de mayo, Manuel Villoria Mendieta asumió oficialmente el cargo de presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), en un acto presidido por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Este organismo, creado en el marco del Plan de Acción por la Democracia y conforme a la Ley 2/2023, tiene como objetivo proteger a quienes denuncien infracciones normativas y actos de corrupción, garantizando su anonimato y ofreciendo apoyo financiero y psicológico.  

Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política en la Universidad Rey Juan Carlos y experto en ética pública y lucha contra la corrupción, liderará una institución con autonomía funcional e independencia de cualquier entidad pública o privada. Entre sus funciones se incluyen la recepción de denuncias a través de un canal seguro, la verificación de su contenido y, en su caso, la remisión a la Fiscalía, la tramitación de procedimientos sancionadores y el asesoramiento al Gobierno. 

 

 

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Publicada la nueva UNE 19601:2025 sobre sistemas de gestión de Compliance penal 

La Asociación Española de Normalización (UNE) ha publicado la nueva versión de la norma UNE 19601:2025, que sustituye, actualiza y deja sin efecto a la edición anterior, vigente desde el año 2017. Esta norma establece los requisitos para implantar, mantener y mejorar sistemas de gestión de compliance penal en las organizaciones, y su actualización responde a la necesidad de adaptar el marco normativo a los cambios legislativos y a la evolución de las mejores prácticas en materia de cumplimiento. 

Entre las principales novedades se encuentra la clarificación de las obligaciones del órgano de gobierno, diferenciando con mayor precisión aquellas que son de su responsabilidad directa de las que implican únicamente una labor de supervisión y vigilancia. Además, se distingue entre «formación» y «toma de conciencia», adaptando cada una según el nivel de exposición al riesgo del personal implicado. Asimismo, se integran los requisitos de la Ley 2/2023 sobre protección de informantes, fortaleciendo los canales internos de denuncia como pilares esenciales del sistema de compliance. 

 

 

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El Congreso impulsa la transparencia con su I Plan de Parlamento Abierto 

El Congreso de los Diputados ha aprobado el I Plan de Parlamento Abierto (2025–2027), una iniciativa que busca fortalecer la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas en la Cámara Baja, con el objetivo de hacer de esta una institución más accesible y cercana a los ciudadanos. Este Plan, que incluye una treintena de medidas, se desarrollará en torno a cuatro grandes ejes: transparencia, participación, rendición de cuentas, y formación y sensibilización. 

Entre las medidas destacadas se encuentra la promoción del uso del lenguaje claro, permitiendo que los grupos parlamentarios y otros actores con capacidad de presentar iniciativas legislativas elaboren resúmenes comprensibles de sus propuestas, los cuales estarán disponibles en la web del Congreso. Además, se prevé la creación de guías en lenguaje claro sobre el procedimiento legislativo, elaboradas por la Secretaría General del Congreso. 

Otra medida significativa es la creación de un registro obligatorio y público de grupos de interés o ‘lobbies’ que deseen influir en la actividad parlamentaria. Este registro, junto con un código de conducta, busca garantizar la transparencia y la integridad en la toma de decisiones. Asimismo, se establecerá un régimen sancionador para quienes incumplan las obligaciones de transparencia, como no publicar las reuniones mantenidas con diputados. 

 

 

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Actualidad en materia de Empresa Familiar nº 2 – 2025

A continuación, le informamos de las últimas noticias y cuestiones de interés en materia de Empresa Familiar.

 

  1. ACTIVIDAD ECONÓMICA ARRENDAMIENTO INMUEBLES: requisito sobre la persona contratada. (Consulta vinculante V0203-25 de 19 de febrero de 2025)

  2. FUNCIONES DE DIRECCIÓN Y GERENCIA Y RETRIBUCIÓN: requisitos fiscales EF. (Consulta vinculante V2390-23 de 5 de septiembre de 2023)

  3. COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS. DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2025. (Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero).

  4. COMPATIBILIDAD PENSIÓN DE JUBILACIÓN CON EL TRABAJO. (Criterio de gestión INSS 5/2025 sobre jubilación activa).

  5. REQUISITO DE HABITUALIDAD: ACTIVIDAD ECONÓMICA DE ARRENDAMIENTOSentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 3 de marzo de 2025 (núm.50/2025) 

  6.  AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD 2025 (NAVARRA).

  7. NOTICIAS SOBRE LA EMPRESA FAMILIAR.

 


 

ACTIVIDAD ECONÓMICA ARRENDAMIENTO INMUEBLES: requisito sobre la persona contratada. (Consulta vinculante V0203-25 de 19 de febrero de 2025)

 

  • Resumen

La sociedad consultante se dedica a la actividad de alquiler de inmuebles, cumpliendo en este sentido los requisitos fiscales para que sus participaciones sean acreedoras de la exención regulada en el art. 4. Ocho. Dos de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.

Ante la inminente jubilación de la persona contratada para la gestión del arrendamiento de inmuebles, la sociedad se plantea la posibilidad de su sustitución contratando para ello al cónyuge del administrador, persona que en virtud de la normativa laboral se encuadra en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Así, la cuestión que se plantea trata sobre si el hecho de contratar a una persona encuadrada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos afecta al requisito de “sociedad con actividad económica” previsto en el art. 4. Ocho. Dos de la LIP.

La Dirección General de Tributos concluye que siempre y cuando la persona contratada cuente con un contrato de trabajo a jornada completa por el que perciba una retribución en virtud de la prestación de servicios derivada de la gestión del arrendamiento de bienes inmuebles, y distintos de los derivados por su condición de administrador, podrá entenderse que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica, aunque dicha persona estuviera encuadrada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

  • Comentario

En Navarra, hay que tener en cuenta que la persona contratada no ha de pertenecer al grupo de parentesco, conformado éste por el cónyuge del sujeto pasivo o con una relación de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado.

 

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FUNCIONES DE DIRECCIÓN Y GERENCIA Y RETRIBUCIÓN: requisitos fiscales EF. (Consulta vinculante V2390-23 de 5 de septiembre de 2023)

 

  • Resumen

La consultante y su cónyuge son titulares de forma individual del 11,50% y del 3,5% respectivamente de las acciones de una sociedad anónima. El cónyuge es la persona que ha venido desempeñando el cargo de director comercial, pero sin que ello estuviera recogido en su contrato. Es a partir del 1 de junio de 2023, cuando el cargo de director comercial se recoge expresamente en su contrato laboral, pasando a percibir por ello más del 50% del total de sus retribuciones.

La cuestión que se plantea es si con las anteriores premisas se da cumplimiento al requisito relativo a la retribución por la realización de funciones de dirección y gerencia.

En este sentido, afirma la Dirección General de Tributos, la consultante no cumple con dicho requisito al no realizar de manera individual funciones de dirección y gerencia en la entidad, sin que sea relevante el hecho de que su cónyuge sí cumpla ya que, el consultante y su cónyuge no forman de manera conjunta grupo de parentesco al no cumplir con el requisito de participación conjunta del 20% que exige la norma.

 

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COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS. DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2025. Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero.

 

El 26 de febrero se publicó en el BOE la nueva orden de cotización para el año 2025. En esta newsletter, y por ser de especial interés para los empresarios, recogemos aquellas novedades en el régimen de cotización de las personas autónomas:

      • Se establecen las nuevas bases máximas y mínimas de cotización en 4.909,50 € y en 653,59 €. No obstante, para los autónomos societarios se mantiene la base mínima de cotización en 1.000 €.

      • Nueva tabla relativa a las bases de cotización máxima y mínima por cada tramo de rendimientos: para el año 2025:

 

      • Nuevos tipos de cotización para el año 2025 para las personas autónomas:
        • Contingencias comunes: El 28,30%.

        • Contingencias profesionales: El 1,30% del que el 0,66% corresponde a la incapacidad temporal y el 0,64% corresponde a la incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

        • Mecanismo de equidad intergeneracional: El 0,80%.

        • Cese de actividad: El 0,90%.

        • Formación profesional: El 0,10%.

 

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COMPATIBILIDAD PENSIÓN DE JUBILACIÓN CON EL TRABAJO. Criterio de gestión INSS 5/2025 sobre jubilación activa.

 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha hecho público el 12 de marzo de 2025 un nuevo criterio de gestión en relación con las modificaciones introducidas en  el régimen de compatibilidad entre trabajo y la pensión jubilación por el Real Decreto-Ley 11/2024. Entre otras, las cuestiones más relevantes son las siguientes:

    • La normativa aplicable a la jubilación activa, y por tanto, los requisitos que deben cumplirse, será la vigente en el momento del inicio de la actividad compatible. No obstante, las pensiones de jubilación causadas antes del 1 de enero de 2022 quedan exentas del requisito de haber demorado un año el acceso a la pensión de jubilación.
    • Para aquellos pensionistas que accedieron a la jubilación antes del 1 de enero de 2022, y el acceso a la compatibilidad del percibo de la pensión con el trabajo se produzca a partir del 1 de abril de 2025, procederá aplicar el porcentaje mínimo inicial del 45% sin perjuicio de los incrementos que la normativa prevé.
    • El importe de la pensión al que se aplica el incremento de 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos en situación de jubilación activa será el que le habría correspondido en ese momento de no haberla compatibilizado con el trabajo, excluido el complemento por mínimos.
    • En el supuesto de interrupción en la actividad que se estuviese compatibilizando con la pensión de jubilación, no se consolidan los incrementos que se hayan reconocido del 5% de la pensión por cada 12 meses consecutivos de compatibilidad. Por tanto, si se inicia una nueva actividad, el porcentaje a percibir será el que corresponda conforme a los años de demora en el acceso a la pensión sin incluir los incrementos anteriores a la nueva actividad.

 

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REQUISITO DE HABITUALIDAD: ACTIVIDAD ECONÓMICA DE ARRENDAMIENTO. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 3 de marzo de 2025 (núm.50/2025)

 

    • Resumen

Recientemente, el Tribunal Superior de Castilla y León se ha pronunciado sobre el requisito de habitualidad para considerar el arrendamiento de pisos turísticos como actividad económica a efectos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

En este sentido, la Sala matiza que el concepto de actividad económica que se recoge en el ámbito tributario (Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) no necesariamente coincide con el concepto aplicable en el ámbito de la Seguridad Social.

A efectos de considerar el arrendamiento de pisos turísticos como actividad económica, la relevante reside en determinar si el arrendamiento se ejerce como actividad habitual.

Sobre la habitualidad, la Sala consideró que en este caso no se apreciaba ya que, el arrendamiento solo suponía un 17%, 7% y un 22% respectivamente cada uno de los años, y los rendimientos obtenidos eran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. 

Por tanto, concluye la Sala que, en este supuesto concreto, no daría lugar al alta de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y destacando que el límite del Salario Mínimo Interprofesional no es el único criterio a tener en cuenta, pero si un indicio realmente importante a efectos de determinar la habitualidad en una actividad. 

 

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AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD 2025 (NAVARRA).

 

El 13 de mayo de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra las “Ayudas para mejora de la competitividad 2025”, con la finalidad de fomentar la competitividad mediante la subvención a determinados proyectos, entre los que se encuentran los protocolos familiares.

En función del período de ejecución los proyectos pueden ser de Tipo 1 (aquellos proyectos facturados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025) y de Tipo 2 (aquellos proyectos facturados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026).

El plazo de solicitud de la subvención para los proyectos Tipo 1 será hasta el 13 de junio de 2025 y para los proyectos Tipo 2 será hasta el 14 de julio de 2025.

Además, para la justificación del proyecto será necesario presentar mediante vía telemática:

    1. Relación de las facturas y documentos justificativos del pago.

    2. Extracto del libro diario donde se acredite la inclusión de las facturas en la contabilidad.

    3. Estudio realizado por la empresa consultora o de ingeniería.

    4. En caso de acuerdo de fusión, integración o cooperación empresarial, o en un protocolo familiar copia del acuerdo o del protocolo familiar.

 

El plazo para la justificación del proyecto finalizará:

    • El 31 de octubre de 2025 para los proyectos Tipo 1.

    • El 30 de abril de 2026 para los proyectos Tipo 2.

 

Enlace a las condiciones de la subvención

 

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NOTICIAS SOBRE LA EMPRESA FAMILIAR.

 

    1. La Agencia Tributaria ha intensificado sus actuaciones respecto a las operaciones vinculadas realizadas por empresas familiares y grupos de empresas, en concreto y especialmente en lo relativo a los precios de transferencia. Ello está siendo objeto de fiscalización por parte de Hacienda con la finalidad de que este tipo de operaciones se realice a valor de mercado, como si de partes independientes se tratara.

Enlace a la fuente.

 

    1. Las empresas familiares, clave para la economía y el empleo en España, enfrentan grandes desafíos en la transición generacional y su adaptación a un mercado en constante cambio. Durante el encuentro Empresa familiar: Casos prácticos de resiliencia ante una crisis y ejemplos de éxito en el relevo generacional, organizado por EXPANSIÓN y Actualidad Económica con Banca March, se analizó cómo sectores como la restauración y el turismo han superado la pandemia gracias a su capacidad de adaptación.

Enlace a la fuente.

 

    1. Las empresas familiares, que representan el 70,6% del empleo privado en España y generan el 57% del Valor Añadido Bruto nacional, se enfrentan a un problema estructural que puede comprometer su continuidad: solo un 70% dispone de un plan de relevo generacional. Esta carencia, según el informe “La empresa familiar en España 2025”, elaborado por el Instituto de Empresa Familiar (IEF) junto a KPMG y SAP, anticipa un aumento de cierres o cesiones empresariales por falta de sucesión dentro del núcleo familiar.

El estudio, que clasifica a estas compañías en función de su antigüedad, revela que más del 40% de ellas continúan en primera generación, y apenas una de cada tres ha superado una primera sucesión. A pesar de que las empresas familiares presentan una tasa de supervivencia superior a la de las no familiares (77% frente a 73,1%), las causas de desaparición difieren: la extinción es la más frecuente (65,6%), seguida de la fusión (28,1%) y la escisión (6,3%). Este último caso, muy superior al de las empresas no familiares (1,6%), podría estar vinculado a disputas sucesorias o falta de planificación patrimonial y societaria.

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    1. Con efectos desde el 1 de enero de 2025, las Haciendas Forales endurecerán la tributación sobre las rentas del ahorro y las sociedades patrimoniales. Entre las principales novedades encontramos un endurecimiento de la tributación a las rentas más altas y en cuanto a las rentas del ahorro se modifican las tarifas, que irán desde el 19% al 28%.

En cuanto a las sociedades patrimoniales, se aplicarán 9 tramos y las tarifas aplicables serán del 19%, 20%, 22%, 24%, 25,5%, 26%, 26,5% , 27% y 28% a partir de 300.000 €.

Por último, se eliminará la deducción por adquisición de vivienda a aquellos contribuyentes con una base de más de 68.000 €.

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Actualidad en materia de Derecho Público Nº 4 – 2025

A continuación, ponemos a su disposición las últimas novedades en materia de Derecho Público por si pudieran ser de su interés.

 

 


 

 

LEY DE PREVENCIÓN DE LAS PÉRDIDAS Y EL DESPERDICIO ALIMENTARIO

 

El 2 de abril de 2025, se publicó en el BOE la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, la cual incorpora un conjunto de obligaciones y condiciones en la gestión de los residuos alimentarios, y de la que cabe destacar lo siguiente:

  • Se aplicará a las actividades realizadas por los agentes de la cadena alimentaria ya sean de producción, transformación, distribución de alimentos, así como hostelería, restauración, otras entidades y asociaciones de distribución de alimentos donados y de la Administración pública, sin perjuicio de la regulación de la Ley 7/2022, de 8 de abril y otra normativa sectorial de residuos.

  • Se establece una jerarquía de prioridades para el desperdicio alimentario con siguiente orden:

    1. En primer lugar, la prevención de los residuos, mediante la transformación de los productos agrarios o alimentos no vendidos, pero que siguen siendo aptos para el consumo humano.

    2. Para aquellos excedentes cuya generación no se haya podido prevenir se establece el siguiente orden:

      1. Se procederá a la donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano.

      2. En su defecto, los alimentos se dedicarán a la alimentación animal y a la fabricación de piensos.

      3. En defecto de todas las anteriores, se emplearán como subproducto en otra industria.

    3. En última instancia, ya como residuos, al reciclado y, en particular, a la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos y, cuando no sea posible, a la valorización energética mediante la obtención de biogás o de combustibles.

  • Además, todos los agentes de la cadena alimentaria deberán disponer de un plan para la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario que contemple la forma en que aplicará la jerarquía de prioridades. Así como promover acuerdos o convenios para donar los excedentes de alimentos a entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

  • Quedan exceptuados de la anterior obligación las actividades de transformación, comercio minorista, distribución alimentaria, hostelería o restauración según la extensión del establecimiento (1.300m2) y su dedicación o no a la venta al público, salvo que operen bajo un mismo código de identificación fiscal. En todo caso, las microempresas y las pequeñas explotaciones agrarias quedan excluidas de estas obligaciones.

  • Las empresas de hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán la obligación de facilitar al consumidor, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, salvo en los formatos de bufé libre o similares, informando de forma clara y visible en el propio establecimiento.

  • Asimismo, se regulan otras obligaciones para los agentes de la cadena alimentaria y obligaciones específicas para las empresas y entidades de iniciativa social, organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos, para las administraciones públicas. Finalmente, se establecen medidas para la racionalización de las fechas de consumo preferente y se establece un régimen sancionador

 

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LAS MEJORAS SALARIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

 

Así, debido a su actualidad es interesante el criterio expuesto y la recopilación de otros pronunciamientos de juntas de contratación, tribunales de contratación y tribunales de justicia que hace el Informe 7/2025, de 12 de marzo, de la Junta Consultiva de Contratación Pública de Cataluña. Veamos sus conclusiones. 

  • En cuanto a considerar las mejoras salariales como condición especial de contratación, esto es, como una obligación que el contratista deberá cumplir en la ejecución del contrato (no será objeto de valoración en la oferta en fase de licitación) se concluye que: “No es admisible establecer condiciones especiales de ejecución que obliguen a las empresas contratistas al pago a los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato de una remuneración superior a la fijada en el convenio colectivo sectorial de aplicación o, en su defecto, al salario mínimo, por contravenir la libre prestación de servicios y distorsionar la competencia, de acuerdo con el derecho europeo sobre desplazamiento de trabajadores.”

  • En la referente a su consideración como criterio de adjudicación, es interesante resaltar las siguientes exigencias para su admisión en los pliegos:

    1. Se trata de un valor añadido en la ejecución del contrato (vinculación objeto del contrato) intrínsecamente relacionado con la mejora salarial, destinando fondos públicos a una de las finalidades de interés general previstas en el artículo 145.2 LCSP. Así, el Acuerdo 90/2024 del TACPA afirma “atendiendo a la vinculación entre la finalidad social y la calidad en la ejecución, se puede considerar que una oferta será cualitativamente mejor cuando las condiciones laborales de las personas que tienen que ejecutar la prestación – mejoras que pueden ser de carácter económico- sean mejores en relación con las de las otras ofertas.”

    2. Deberán concretarse los límites y conceptos salariales asociados a la mejora, así como establecer una puntuación gradual y proporcional que guarde una ponderación adecuada con las puntuaciones de los demás criterios.

    3. Finalmente, señalar lo apuntado por la Resolución 63/2024 TARC de Andalucía “la mejora salarial favorece objetivamente la estabilidad y por ende, la reducción de la movilidad del personal en un servicio crítico, sensible y de cierto nivel de complejidad, donde la experiencia y formación adquiridas son claves”; y en la Resolución 478/2024 señala que “la mejora retributiva permitirá reducir la movilidad de un personal que ya ha acumulado experiencia y conocimiento en un ámbito de actividad crítico y complejo, lo que favorecería la ejecución de la prestación personal con formación y experiencia”.          

En resumen, la consideración de las mejoras salariales como condición especial de ejecución es contrario al ordenamiento de la contratación pública y, en especial, al Derecho laboral. No obstante, la doctrina viene admitiendo en su mayoría considerar las mejoras salariales de los trabajadores afectos al contrato como criterio de adjudicación que permita la valoración entre las ofertas.

 

 

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Masterclass online: «Contratación de profesionales internacionales en países de origen»

En un entorno empresarial cada vez más global, atraer y contratar talento internacional se ha convertido en una prioridad estratégica para muchas organizaciones. En ese contexto, ARPA Abogados Consultores participará en la próxima masterclass “Contratación de profesionales internacionales en países de origen”, una sesión diseñada para ofrecer claves prácticas a las empresas que apuestan por la internacionalización de sus equipos. Tendrá lugar el próximo 29 de abril a las 12:00 h de manera telemática y está organizada a través del programa Navarra Talent perteneciente al PIN del Gobierno de Navarra

Dicha ponencia, contará con la participación de nuestros compañeros Covadonga Lorente, asociada-directora del Departamento Laboral, e Iñigo Urízar, asociado-miembro del Dpto. fiscal, quienes abordarán los principales retos normativos, tributarios y organizativos que plantea la contratación de profesionales fuera del territorio nacional. Una aportación enfocada a resolver dudas frecuentes y anticipar riesgos desde una perspectiva multidisciplinar.

 

La jornada contará, además, con las ponencias de:

 

Durante la masterclass, se abordarán cuestiones clave como:

  • Cómo diseñar estrategias efectivas para captar talento internacional

  • Qué tener en cuenta desde el punto de vista legal en la contratación en origen

  •  Qué implicaciones fiscales y laborales conlleva incorporar profesionales desde el extranjero

 

Una iniciativa dirigida a responsables de RR. HH., dirección financiera y empresas con operaciones en el exterior o en proceso de expansión.

 

 

 

Actualidad de Nuevas Tecnologías y Cumplimiento Normativo. N.º 4 – 2025

Protección de datos y seguridad de la información

 

Cumplimiento normativo

 

Charlas, eventos y novedades

 

 


 

PROTECCIÓN DE DATOS Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

 

200.000 euros de multa por vulnerar la confidencialidad en un procedimiento de acoso laboral. 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a una empresa con una multa de 200.000 euros tras recibir dos reclamaciones por la vulneración de la confidencialidad en un procedimiento interno por acoso laboral. La empresa divulgó de forma indebida las identidades de los denunciantes y denunciados al remitir por correo electrónico las resoluciones del protocolo de acoso a múltiples destinatarios, incluyendo a personas ajenas al proceso. Esta actuación expuso datos personales, como nombres, apellidos y puestos de trabajo, lo cual fue considerado una infracción del artículo 5.1.f) del RGPD, que obliga a garantizar la integridad y confidencialidad de los datos personales. 

La AEPD concluyó que la empresa no aplicó medidas adecuadas para proteger dichos datos y mostró una alta negligencia, permitiendo el acceso indiscriminado a datos personales entre las partes. Esta circunstancia reviste especial gravedad dada la naturaleza del procedimiento y la obligación de preservar la confidencialidad en este tipo de casos. 

Como parte de la sanción, que se redujo a 120.000 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de la empresa, la AEPD también ha exigido la adopción de medidas correctoras en un plazo de tres meses, recordando que la confidencialidad en protocolos de acoso debe aplicarse de manera efectiva. 

 

 

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Nueva ley para proteger a los menores en el entorno digital. 

El Consejo de Ministros ha remitido recientemente a las Cortes el proyecto de Ley Orgánica para proteger a los menores de edad en los entornos digitales, incorporando medidas como la obligatoriedad de controles parentales efectivos en dispositivos móviles, la regulación del uso de tecnologías en el ámbito educativo y la lucha contra contenidos perjudiciales como la pornografía, los ‘deepfakes’ vejatorios y los mecanismos adictivos en videojuegos. El proyecto Ley reconoce el derecho de los menores a una navegación segura, a la información veraz y al acceso equitativo a dispositivos, además de promover el aprendizaje de competencias digitales desde edades tempranas. Además, se eleva a 16 años la edad mínima para otorgar consentimiento en el tratamiento de datos personales en redes sociales. 

Por otro lado, el proyecto contempla importantes reformas legales, como la modificación del Código Penal para tipificar como delito la difusión de pornografía a menores, los ‘deepfakes’ sexuales y la creación de perfiles falsos por adultos con fines delictivos. Se habilita la intervención judicial para bloquear o retirar contenidos inapropiados y se modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual, imponiendo a los grandes operadores y creadores de contenido la obligación de establecer canales de denuncia y mecanismos de verificación de edad.  

 

 

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España impulsa la IA responsable con un Sandbox pionero en Europa. 

El Gobierno de España ha puesto en marcha el primer Sandbox de Inteligencia Artificial (IA) de la Unión Europea, una iniciativa pionera orientada a facilitar la adaptación de sistemas de IA a las exigencias del nuevo Reglamento de IA. A través de este entorno de pruebas, se pretende apoyar a empresas, especialmente PYMES y startups, en la implementación de sistemas de IA seguros, éticos y alineados con las normativas europeas.  

Entre los 12 proyectos seleccionados se encuentran soluciones aplicadas a sectores como servicios esenciales, empleo, infraestructuras críticas y salud. En el ámbito de la biometría, destaca la participación de Veridas con su sistema para verificar la edad de usuarios en máquinas de vending, asegurando el cumplimiento normativo en la venta de productos regulados como tabaco o también normativa pendiente de regular para vapeadores.  

Durante abril de 2025 se dará inicio al proyecto, en colaboración con la Oficina Europea de IA, ofreciendo formación y consultoría de alto nivel para adaptar los sistemas seleccionados a las obligaciones del Reglamento de IA. Como resultado de esta experiencia, se desarrollarán las guías técnicas de implementación del Reglamento que se publicarán para uso de todos los desarrolladores IA en España. 

 

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Actualizada la guía sobre criterios Generales de Auditoría y Certificación del ENS (Esquema Nacional de Seguridad). 

El Centro Criptológico Nacional (CCN) ha publicado una versión actualizada de la guía CCN-CERT IC 01/19, que establece los criterios generales de auditoría y certificación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Esta revisión, elaborada por el Consejo de Certificación del Esquema Nacional de Seguridad (CoCNS), está dirigida a las entidades de certificación acreditadas por ENAC o reconocidas por el propio Centro Criptológico Nacional (CCN). La guía se alinea con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 311/2022, que regula la auditoría de seguridad en el marco del Esquema Nacional de Seguridad. 

 

 

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CUMPLIMIENTO NORMATIVO

 

 

Designado presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante. 

El Congreso de los Diputados ha aprobado por mayoría absoluta la propuesta del Consejo de Ministros para designar al catedrático Manuel Villoria Mendieta como presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. Este organismo clave en la aplicación de la Ley 2/2023 de protección al informante, desempeña un papel fundamental en la prevención de la corrupción y en la salvaguarda de quienes informan sobre irregularidades, garantizando su confidencialidad y seguridad. Tras la ratificación parlamentaria, el nombramiento deberá ser formalizado por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, lo que supondrá un avance significativo en el fortalecimiento institucional del sistema de alertas internas en España. 

Manuel Villoria Mendieta es catedrático de Ciencia Política y de la Administración en la Universidad Rey Juan Carlos y figura destacada en el ámbito de la transparencia, ética pública y buen gobierno. Miembro de Transparencia Internacional España, cuenta con una amplia trayectoria académica y profesional vinculada al estudio de la gobernanza democrática y la lucha contra la corrupción. 

 

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El Parlamento Europeo aplaza la entrada en vigor de las directivas sobre Sostenibilidad (CSRD y CSDDD). 

El Parlamento Europeo ha respaldado la propuesta de aplazar la entrada en vigor de la Directiva de Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD) y de la Directiva sobre Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa (CSDDD). Con una amplia mayoría de votos, los eurodiputados aprobaron esta iniciativa en el marco del paquete legislativo Omnibus I, orientado a la simplificación normativa y al fortalecimiento de la competitividad de la Unión Europea. 

En lo que respecta a la Directiva sobre Diligencia Debida (CSDDD), la decisión adoptada concede un año adicional a los Estados miembros para transponer sus disposiciones a los ordenamientos jurídicos nacionales, y difiere la aplicación de las obligaciones para las empresas, en función de su tamaño y volumen de facturación. De este modo, las grandes entidades empresariales comenzarán a implementar los nuevos requisitos a partir de 2028. Por su parte, la entrada en vigor de Directiva de Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD) también se prorrogará dos años.  

Con el objetivo de acelerar la adopción de estas medidas, el Parlamento ha acordado recurrir al procedimiento de urgencia. Para su entrada en vigor, el proyecto de ley requiere ahora la aprobación formal del Consejo de la Unión Europea. 

 

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Nuevos catálogos de indicadores de riesgo de blanqueo de capitales 

Se han publicado recientemente los nuevos catálogos de indicadores de riesgo de blanqueo de capitales por parte del Tesoro Público. Estos documentos actualizados ofrecen una guía más precisa para la identificación temprana de operaciones sospechosas, incorporando tipologías delictivas emergentes y criterios adaptados a la evolución de los riesgos. Especial atención reciben sectores como el financiero, los proveedores de servicios de criptoactivos y ámbitos no financieros, incluyendo arte, joyería, inmobiliario y servicios jurídicos, cada uno con indicadores ajustados a sus particularidades y niveles de exposición. 

Esta actualización fortalece el enfoque basado en el riesgo y dota a los sujetos obligados de herramientas más efectivas para adaptarse a un entorno delictivo en constante transformación, contribuyendo así a una mayor solidez en el sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. 

 

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CHARLAS, EVENTOS Y NOVEDADES

 

Jornada anual del Colegio Oficial de Enfermeras de Navarra sobre inteligencia artificial y enfermería. 

El próximo 8 de mayor se celebra la Jornada anual del Colegio Oficial de Enfermeras de Navarra (COENAV,) bajo el título “Inteligencia Artificial y Enfermería:  una alianza para un cuidado más humano/Adimen Artifiziala eta Erizaintza: aliantza bat zaintza gizatiarrago bat izateko”. 

En el marco de esta jornada, Álvaro Abáigar, Socio- director del Departamento de Nuevas Tecnologías y Cumplimiento Normativo en ARPA Abogados Consultores, participará en una mesa redonda dedicada a las “Aplicaciones tecnológicas de apoyo para el cuidado del paciente”.  

Inscripciones en: Abierta la inscripción a la jornada anual del Colegio sobre inteligencia artificial y enfermería 

 

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Inteligencia Artificial y Enfermería: una alianza para un cuidado más humano

El próximo 8 de mayo, el Colegio Oficial de Enfermería de Navarra (COENAV) celebrará su Jornada anual bajo el lema: “Inteligencia Artificial y Enfermería: una alianza para un cuidado más humano / Adimen Artifiziala eta Erizaintza: aliantza bat zaintza gizatiarrago bat izateko”.

Una cita clave para reflexionar sobre el impacto de la inteligencia artificial en el ámbito del cuidado y su potencial para mejorar la práctica enfermera sin perder de vista la dimensión humana.

La jornada combina ponencias, mesas redondas y talleres prácticos con un objetivo claro: dotar a las y los profesionales de enfermería de conocimientos y herramientas para integrar la IA en su día a día clínico.

Nuestro compañero Álvaro Abáigar, socio-director del Dpto. de Nuevas Tecnologías y Cump0limieno Normativo, intervendrá en la mesa redonda sobre “Aplicaciones tecnológicas de apoyo para el cuidado del paciente”, donde abordará el papel del cumplimiento normativo en el despliegue de herramientas de IA aplicadas a la salud.

Su participación pretende ofrecer una visión jurídica y ética sobre los retos que plantea la integración de estas tecnologías en el entorno asistencial, subrayando la necesidad de garantizar la seguridad, la privacidad y la calidad del cuidado en un entorno regulado.

Programa de la jornada

La sesión matinal se abrirá a las 9:00 h con las intervenciones del consejero de Salud, Fernando Domínguez, y la presidenta del COENAV, Isabel Iturrioz. A continuación, se sucederán:

  • Ponencia inaugural:

    “IA y Enfermería: humanización en la era de la IA” a cargo de Ernesto Ibáñez, enfermero y CEO de AI Open Academy.

  • Mesa redonda:

    “Conversaciones en torno a la IA en la práctica enfermera: herramientas actuales y perspectivas para un mejor cuidado” con Marion Vilar, Míriam Juárez y Alina Valdivia, expertas en salud digital, IA y matronería.

  • Ponencia:

    “Bioética en la era de la Inteligencia Artificial: desafíos para la enfermería” por Rafael Amo, director de la Cátedra de Bioética de la Universidad Pontificia de Comillas.

  • Mesa redonda:

    “Aplicaciones tecnológicas de apoyo para el cuidado del paciente” con Alicia Martínez, Virginia de La Rosa y nuestro compañero Álvaro Abáigar, quien abordará el papel del cumplimiento normativo en el uso responsable y ético de la inteligencia artificial en entornos asistenciales.

La mañana se completará con una pausa con humor a cargo del grupo Tdiferencia y la entrega de premios del concurso de imágenes generadas por IA, en el que las personas asistentes podrán votar el premio del público.

 


Talleres prácticos por la tarde

La jornada continúa por la tarde con dos talleres que se repetirán en doble sesión (17:00 y 18:30 h), para facilitar la participación:

  • “Decisiones clínicas asistidas por IA: un enfoque práctico orientado al paciente”  impartido por Mariona Vilar.

  • “Seminario de iniciación a la IA en su aplicación al cuidado: asistentes, tipos y aplicaciones” dirigido por Ernesto Ibáñez.

Ambos talleres tienen un aforo limitado a 90 personas por sesión.  

 


 

Transporte desde Tudela y Estella

También se ha habilitado servicio de autobús desde Tudela y Estella, sujeto a un mínimo de 20 personas inscritas.

 


 

ℹ️ Inscripciones abiertas hasta el 30 de abril

La inscripción a la jornada matinal y a los talleres de la tarde se realiza de forma independiente y ya está disponible en la web del COENAV. Las plazas se adjudican por orden de inscripción y no será posible asistir a los talleres sin haber acudido previamente a la sesión de la mañana.

Programa completo de la jornada 

 

Más info e inscripciones: Abierta la inscripción a la jornada anual del Colegio sobre inteligencia artificial y enfermería

La Reforma organizativa judicial operada por la LO 1/2025

Raquel García Puerta

El 3 de enero de 2025 se publicó en el BOE la Ley Orgánica 1/2025, de medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia (la “LO 1/2025”) con la que, en términos generales, se pretende modernizar el sistema judicial español con modificaciones importantes tanto a nivel organizativo, como procesal.

A nivel organizativo, la reforma operada va a conllevar una auténtica transformación orgánica de la planta territorial del Poder Judicial, con una gran modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (la “LOPJ”) y de la Ley 38/1988 de Demarcación y de Planta Judicial.

En lo relativo a la LOPJ, es el título primero de la LO 1/2025 el que, en un único artículo de 115 apartados, ha modificado dicha Ley Orgánica bajo el epígrafe: “Medidas en materia de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia para la implantación de los Tribunales de Instancia y las Oficinas de Justicia en los municipios”.

En un intento de entender la motivación existente para llevar a cabo una reforma organizativa de tal magnitud, podemos acudir al Preámbulo de la LO 1/2025, donde el legislador expone que, el modelo de organización judicial basado en el tradicional juzgado unipersonal respondía a unas necesidades de una sociedad española esencialmente agraria, dispersa, poco comunicada y con grandes limitaciones de movilidad. Sin embargo, actualmente, la mayor complejidad de las relaciones sociales y económicas y el incremento de la litigiosidad, plantean nuevas exigencias en la organización de la Administración de Justicia, lo que, unido a los avances en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación,  hacen que el sistema basado en juzgados unipersonales haya quedado obsoleto.

Por tanto, la integración de todos los juzgados unipersonales existentes en España en los denominados Tribunales de Instancia (pasando de los más de 3.800 juzgados unipersonales existentes, a 436 Tribunales de Instancia), se erige como la gran novedad de esta reforma a nivel organizativo. Esa integración no altera el ejercicio de la función jurisdiccional ni las competencias de los órganos de enjuiciamiento unipersonales, sino que se trata de una modificación estructural que supone que pasen a ser órganos colegiados desde el punto de vista organizativo, con la finalidad de mejorar la eficiencia y la especialización.

La idea es que esta reorganización facilite el acceso a la Justicia con la existencia de un único tribunal en cada partido judicial asistido por una única organización que le dará soporte, la Oficina Judicial, no existiendo ya juzgados con su propia forma de funcionamiento (que serán secciones dentro de cada tribunal).

Así, sobre esos Tribunales de Instancia destacamos:

  • Existirá un Tribunal de Instancia por cada partido judicial, conformado por una sección única, de civil e instrucción, o por una sección civil y otra sección de instrucción. Además, en aras de la especialización, se promueve la creación de nuevas Secciones en los Tribunales de Instancia: (i) de Familia, Infancia y Capacidad, (ii) de lo Mercantil, (iii) de Violencia sobre la Mujer, (iv) de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, (v) de lo Penal, (vi) de Menores, (vii) de Vigilancia Penitenciaria, (viii) de lo Contencioso-Administrativo, y (ix) de lo Social.

  • Estarán constituidos por todos los jueces de primera instancia del territorio al que se extienda su ámbito competencial.

  • Estarán asistidos por las oficinas judiciales, que se redefinen y reestructuran, desarrollándose su actividad a través de unidades de tramitación y servicios comunes procesales.

  • Cada tribunal de instancia contará con una presidencia. También existirá una presidencia de sección cuando en el tribunal de instancia haya dos o más secciones, en la sección de que se trate existan ocho o más plazas judiciales, y el número total de plazas judiciales del tribunal sea igual o superior a doce.

  • Se regula la Junta de Jueces y Juezas del Tribunal de Instancia y la Junta de Jueces y Juezas de Sección, en relación con las que se ha introducido la posibilidad de que se reúnan para el examen y valoración de criterios interpretativos, con el fin de aunar los diversos criterios que puedan existir en aplicación de la ley en asuntos sustancialmente iguales.

  • Para la fomentar la transparencia, se ha incluido la posibilidad de publicitar las normas predeterminadas por las que se rija el reparto de asuntosentre los jueces y magistrados de los Tribunales de Instancia.

Además, se va a crear un Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional, que contará con las siguientes Secciones (con funciones específicas): (i) de Instrucción, (ii) de lo Penal, (iii) de Menores, (iv) de Vigilancia Penitenciaria, y (v) de lo Contencioso-Administrativo.

Por otro lado, con esta reforma se pretende la evolución de los Juzgados de Paz a modernas Oficinas de Justicia en los municipios. Además de los servicios que los Juzgados de Paz venían prestando, éstos se amplían mediante la utilización de los medios tecnológicos para la práctica de actos procesales y la intervención en los mismos de forma telemática, evitando un gran número de desplazamientos a los tribunales y facilitando un mejor acceso en las zonas rurales.

Así las cosas, mientras que los cambios a nivel procesal entraron en vigor el pasado 3 de abril de 2025, las medidas en materia de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia entraron en vigor a los 20 días de la publicación en el BOE de la LO 1/2025; esto es, el 23 de enero de 2025.

Sin embargo, debemos tener en cuenta que, en las Disposiciones Transitorias 1ª a 8ª de la LO 1/2025, se recoge un régimen transitorio para la transformación organizativa judicial y, en líneas generales, se indica que ésta se realizará en fases a lo largo del año 2025, y seguirá vigente el régimen de organización anterior hasta el efectivo establecimiento de la nueva ordenación. Por tanto, seguiremos contando con los habituales juzgados unipersonales hasta el establecimiento de los Tribunales de Instancia.

A estos efectos, en las DT 1.ª a 4.ª de la LO 1/2025 se prevén las siguientes fechas para la constitución escalonada de los Tribunales de Instancia:

  • 1 de julio de 2025: los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

  • 1 de octubre de 2025: los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en los partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles, Secciones de Instrucción y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

  • 31 de diciembre de 2025: los restantes Juzgados, no comprendidos en los supuestos anteriores, se transformarán en las respectivas Secciones. En esta misma fecha se constituirá el Tribunal Central de Instancia mediante la transformación de los Juzgados Centrales en las Secciones de aquel tribunal que correspondan.

Interesa señalar en este punto que con la DF 8ª de la LO 1/2025, con la que se reforma la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, se modifica el Anexo VI de dicha Ley para incluir la que será la nueva organización territorial de los Tribunales de Instancia, así como las Secciones con las que contarán cada uno de ellos según el partido judicial, por lo que resulta muy útil su consulta para hacerse una idea de lo que será la nueva planta territorial del Poder Judicial en España.

Por último, cabe destacar que, el pasado 18 de marzo, la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, dio cuenta a la Comisión Permanente de la constitución de un grupo de trabajo para la preparación del despliegue de los Tribunales de Instancia, que extenderá su funcionamiento hasta el 31 de diciembre de 2025, fecha en la que, como se ha expuesto, debería terminar la implantación de los Tribunales de Instancia en todo el territorio nacional.

 

 

Raquel García Puerta

Abogada del Dpto. Procesal-Concursal de ARPA Abogados Consultores

ARPA refuerza su equipo con el nombramiento de cinco nuevos asociados

ARPA Abogados Consultores, ha promovido a cinco de sus profesionales a la categoría de asociados. Con estos nombramientos, la firma alcanza los 16 asociados, de los cuales 10 son mujeres, reafirmando su compromiso con el desarrollo del talento interno y la proyección de sus profesionales.

 

ARPA Abogados Consultores, ha promocionado a la categoría de asociados a: Marta Butragueño, abogada del departamento de Derecho Internacional y Contratación; Asier Enériz, responsable del equipo de Acciones de Consumidores y Familia; Sonia Velasco, abogada del departamento de Derecho Societario y M&A; José Manuel Zubicoa, director del departamento Financiero y de Administración y Teresa Zumaquero, asesora del departamento fiscal.

El nombramiento de estos cinco profesionales responde a su trayectoria dentro del despacho y a su contribución en sus respectivas áreas de práctica. Su trabajo ha sido determinante en la evolución del despacho y en la consolidación de un modelo de asesoramiento que combina el conocimiento técnico con un enfoque cercano y orientado a las necesidades del cliente.

José Ignacio Pérez de Albéniz, socio-director general de ARPA Abogados Consultores, ha subrayado la importancia de estas promociones dentro de la estrategia de la firma y su compromiso con el desarrollo profesional de su equipo. “Nuestro objetivo es acompañar a nuestros clientes en sus proyectos empresariales, ofreciéndoles el mejor servicio posible, y, al mismo tiempo, garantizar la continuidad y el crecimiento del despacho mediante la promoción del talento interno. Reconocer el esfuerzo, la dedicación y la contribución de quienes forman parte de este proyecto es esencial para seguir avanzando en un entorno cada vez más exigente”.

SOBRE ARPA

ARPA Abogados Consultores es un despacho con más de 30 años de experiencia y sedes en Pamplona, Madrid y San Sebastián. Asimismo, forma parte de las redes Latiam y Eurojuris International para ofrecer cobertura jurídica en más de 60 países. El despacho navarro cuenta en la actualidad con una plantilla de más de 90 profesionales para acompañar a las empresas en sus proyectos, ofreciendo un asesoramiento integral, jurídico, económico y fiscal, aportando valor, confianza, compromiso y seguridad a sus clientes.

 

 

 

 

A continuación, le dejamos la noticia recogida por Navarra Capital: enlace

 

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