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En virtud de la Orden Foral 113/2003, de fecha 15 de abril, se ha aprobado la presentación por medios telemáticos de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido. La novedad del sistema implantado para dicha presentación telemática, hace necesario exponer todos los pasos indispensables para tal fin.

Aplicación del sistema

La Orden Foral aludida establece que la presentación telemática será de aplicación a aquellos sujetos pasivos que se vean en la obligación de presentar alguno de los siguientes modelos de declaraciones-liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido:

  1. Modelo 308, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Régimen especial del recargo de equivalencia. Solicitud de devolución.»
  2. Modelo 309, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación no periódica.»
  3. Modelo 318, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Sujetos pasivos ocasionales (entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos). Solicitud de devolución.»
  4. Modelo 319, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Adquisición intracomunitaria de medios de transporte nuevos. Declaración-liquidación no periódica».
  5. Modelo F-60, «Impuesto sobre el Valor Añadido, declaración-liquidación anual.»
  6. Modelo F-61, «Impuesto sobre el Valor Añadido, declaración-liquidación trimestral.»
  7. Modelo F-66, «Impuesto sobre el Valor Añadido, declaración-liquidación mensual.»
  8. Modelo F-67, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación trimestral. Régimen simplificado.»
  9. Modelo F-69, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación trimestral. Régimen general y simplificado.»

La presentación telemática de las declaraciones se establece como facultativa para los sujetos pasivos de este impuesto, si bien, a partir del próximo 1 de enero de 2004, será obligatorio este sistema para aquellos obligados tributarios cuyo volumen de operaciones en el año 2003 supere los 300.000 euros, así como para aquellos otros que en la mencionada fecha estén dados de alta en el Registro de Exportadores y Otros Operadores Económicos. No obstante lo anterior, se excluyen aquellos obligados que tengan la condición de grandes empresas, las cuales continuarán rigiéndose por su normativa específica.

Para el caso de que Ud. se encuentre ante uno de estos supuestos, exponemos a continuación cuáles son los Hitos o actuaciones a cumplir al respecto en el caso de que se opte por una presentación directa por parte de los servicios de administración de cada sociedad.

Hito 1

En primer lugar, procederá la implantación de un parche de seguridad (solo en el caso de que no se haya instalado ya previamente en los equipos informáticos desde los que se gestione la presentación de la declaración telemática). Será indispensable para ello cumplir con lo siguiente:

  • Deberá acudirse a la dirección de Internet www.cert.fnmt.es
  • «Pinchar» en la versión de Windows que se haya instalado en el PC.
  • Seleccionar Lenguaje.
  • «Next»
  • «Download Now»
  • Reiniciar el equipo.

Hito 2

Hecho lo anterior, procederá solicitar el denominado Certificado de Usuario.

  • Para ello habrá que acudir de nuevo a la dirección electrónica www.cert.fnmt.es
  • Teclear NIF/CIF.
  • Enviar petición.
  • Aceptar.

Cumplido con lo anterior, se facilitará por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, una contraseña numérica que deberá ser conservada por el sujeto pasivo del impuesto (se recomienda imprimir la página en la que se asigna dicha clave).

Hito 3

El siguiente paso en el proceso será llevar a cabo la obtención de la oportuna acreditación por parte de la Administración Tributaria, mediante la firma de un contrato de adhesión ante la Hacienda Foral.

  • Para sujetos pasivos personas jurídicas:
    • Se deberá presentar nota del Registro Mercantil en la que aparezca el nombramiento del Administrador o, en su caso, apoderado de la sociedad. Si no fuese posible, la escritura de apoderamiento.
    • NIF de la persona apoderada
    • CIF de la sociedad.
    • Aportación de la contraseña obtenida en virtud de lo establecido en el Hito 2
  • Para personas físicas:
    • DNI, pasaporte oficial o tarjeta de residencia.
    • Aportación de la contraseña obtenida en virtud de lo establecido en el Hito 2

Hito 4

  • Acudiendo a la dirección www.cert.fnmt.es se procederá a rellenar el formulario de descarga mediante la aportación de los siguientes datos:
  • NIF
  • Código solicitud.
  • Descarga del certificado.

Hito 5

Acudiremos a Menú – Herramientas – Opciones de Internet – Contenido – Certificado – Personal.

Con ello comprobaremos que el certificado anteriormente aludido ha sido correctamente descargado.

Hito 6

Resulta recomendable realizar una copia de seguridad del certificado anterior, siguiendo las instrucciones siguientes: Acudir a: Menú – Herramientas – Opciones de Internet – Contenido – Pinchar en el certificado – Exportar – Siguiente – Exportar clase privada – Siguiente – Intercambio de información personal PKCS…12 (.PFX) – Enable String protection – Siguiente – Introducir contraseña deseada – Confirmar contraseña – Siguiente – Nombre fichero aportación (Dar nombre al fichero e indicar dónde se desea guardar el mismo) – Finalizar – Reiniciar el equipo.

Presentación de las declaraciones:

  • A través de la página www.cfnavarra.es se puede acceder a la opción de presentación de la declaración-liquidación.
  • Antes de acceder al formulario en el que se cumplimentan los datos económicos, se debe indicar el tipo de declaración que se va a presentar.
  • Los datos requeridos son:
    • Impuesto: Se deberá indicar el Impuesto al que se refiere la declaración.
    • Modelo: Se deberá indicar el modelo del Impuesto sobre el Valor Añadido al que se refiere la declaración-liquidación.
    • Período y año: Se indicará el período (mensual o trimestral) y año a los que corresponde la declaración-liquidación que se va a presentar.
    • Tipo: (Ordinaria/Sustitutiva). En el caso de presentar la declaración-liquidación por primera vez se indicará ordinaria.
  • Se elegirá sustitutiva si la declaración-liquidación corresponde a un ejercicio y período por el que ya se ha presentado una declaración-liquidación anterior por vía telemática.
    • Presentación: Se deberá indicar si la declaración-liquidación se presenta en nombre propio o en representación de terceras personas.
    • Idioma (castellano/euskera).

Especificados los datos anteriores, el declarante es guiado al formulario correspondiente. Este formulario recoge la información económica del período que el usuario desea declarar. Estos datos se enviarán vía Internet al servidor del Gobierno de Navarra para su posterior tratamiento.

En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso se deberá proceder a subsanar los mismos en el formulario de entrada y se volverá a transmitir la declaración-liquidación.

El presentador deberá imprimir y conservar la declaración-liquidación aceptada y debidamente validada con el correspondiente código electrónico. Esta declaración-liquidación le servirá de justificante de la presentación.

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