ES • EN • EUS • FR

NTIC_Marcas

Si, en la Resolución del director de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., de ejecución del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo de 2020 resolvió el aplazamiento de todos los plazos en los procedimientos administrativos que gestionan desde este organismo.

Debemos tener en cuenta, que todos los procesos administrativos de la OEMP están automatizados y, además, tienen un volumen de casos muy alto, por ello, es posible que sigan llegando algunas notificaciones en este sentido. No debes tener en cuenta esta notificación, los plazos se regirán por el criterio general que establece el Real Decreto 463/2020, éste establece que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en el que pierda vigencia el citado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. (Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos)  

Sí. La Sede Electrónica está funcionando de forma normalizada. Por lo que, es posible realizar una solicitud de marca, formular oposiciones u otros trámites en general realizados a través de la Sede Electrónica.

La interrupción en los plazos administrativos no implica la suspensión de forma automática de todo procedimiento dentro de la OEPM. Es decir, la OEPM admite cualquier solicitud o actuación administrativa que permita avanzar en la tramitación de su petición. La OEPM permitirá la tramitación de aquellos trámites que no requieran una actuación previa del interesado o, en los que éste, de su consentimiento para su continuación. Puede ver el listado de trámites que continúan siendo objeto de tramitación en este enlace.

 

 

Suscríbete a nuestra newsletter

He leído y acepto la Política de Privacidad
X