El Congreso de los Diputados, en su sesión del 22 de enero de 2025, ha acordado derogar el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, y en consecuencia, a los efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución prevista en el artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital:
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Deja sin efecto la prórroga que posibilitaba a las sociedades mercantiles excluir las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021, hasta el cierre del ejercicio que se iniciara en el año 2026, y
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Deja sin efecto la posibilidad de excluir las pérdidas ocasionadas por la DANA de los ejercicios 2024 y 2025, hasta el cierre del ejercicio que se iniciara en el año 2026.