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El pasado 27 de junio se publicó en el BON la resolución 360E/2023, de 6 de junio, de la directora general de Política de empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Ayudas para la mejora de la competitividad 2023”.

Desde ARPA Abogados Consultores ponemos a su disposición un  breve resumen de las actuaciones subvencionables más destacables que incorpora la resolución y que esperamos que sea de su interés:
 

Proyectos subvencionables

Los proyectos subvencionables serán aquellas relacionados con alguna de las siguientes áreas:

a) Estrategia.

  • Reflexiones estratégicas.
  • Diseño de modelos de negocio.
  • Realización de diagnósticos globales de empresa.

b) Proceso-producto.

  • Diseño de producto y de proceso.
  • Lean.
  • Actuaciones de mejora de eficiencia energética.
  • Otras mejoras de proceso.

c) Transición ecológica.

  • Diagnósticos de economía circular.
  • Proyectos de ecodiseño.
  • Otros proyectos de economía circular.

d) Transición digital: proyectos orientados a la digitalización de las empresas.

e) Mercado.

  • Estudios sobre nuevos mercados en el ámbito nacional.
  • Análisis del posicionamiento de la empresa en el mercado nacional.

f) Otras actuaciones:

  • Acuerdos de fusión, integración y cooperación empresarial, siempre y cuando dichos acuerdos tengan como objetivo una clara mejora competitiva y las empresas no pertenezcan al mismo grupo empresarial.
  • Protocolos familiares y otros pactos de continuidad empresarial.
      

Beneficiarias

Las empresas que cumplan con los siguientes requisitos en el momento de solicitar las ayudas:

  • Estén dadas de alta en Navarra en el impuesto sobre actividades económicas (IAE).

  • Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013.

  • No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estén pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

  • No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

  • Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

     

Plazo de solicitud de las presentaciones

El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento que será:

  • Un mes después de la publicación para aquellos proyectos ejecutados entre el 1 de enero del 2023 y el 31 de octubre de 2023.

  • Dos meses después de la publicación para los proyectos ejecutados entre el 1 de enero del 2023 y el 30 de abril de 2024.

  
Para más información, puede consultar el siguiente enlace.

 

 

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