Actualidad de Nuevas Tecnologías y Cumplimiento Normativo. N.º 3 – 2024

Protección de datos – Seguridad de la Información

 

Cumplimiento normativo

 

Propiedad Intelectual e Industrial

 

Normativa al día

 

Charlas,  eventos y novedades
  • El pasado 13 de marzo, Álvaro Abáigar Domínguez, socio del despacho participó como ponente en la jornada “Ética de las tecnologías emergentes”, organizada por el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra con la colaboración de Fundación Caja Navarra y la red de centros CIVICAN. 

  •  “La gestión del software en las organizaciones: recomendaciones para prevenir y gestionar infracciones realizadas por los empleados”, artículo elaborado por Álvaro Abáigar Domínguez y publicado por CEN accesible a través del siguiente enlace.  

  • ARPA, como miembro de la red de despachos de EUROJURIS, forma parte de los proveedores de servicios asociados al Fondo SME de la EUIPO que incluyen servicios de “IP Scan”; “Solicitudes de registro de marcas/patentes/obtenciones vegetales”. Puede consultarse más información sobre el programa aquí. 

 


 

PROTECCIÓN DE DATOS – SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

 

La AEPD impide a Worldcoin seguir recopilando datos biométricos. 

El Proyecto Worldcoin desarrollado por una compañía estadounidense, y liderado por el director ejecutivo de OpenAI tiene por objeto escanear el iris de personas a cambio de una contraprestación en forma de criptomoneda. En relación con esta práctica consistente en recabar datos biométricos, la AEPD ha recibido cuatro reclamaciones en las que se denunciaba entre otros aspectos que i) en el momento de la recogida los interesados no recibieron información suficiente sobre el tratamiento de los datos, ii) que se captaban datos de menores, y iii) que no se permitía la retirada del consentimiento. En este contexto, la AEPD inició a comienzos de marzo un procedimiento de urgencia, regulado en el artículo 66.1 RGPD, ordenando a la compañía el cese temporal de la recogida y el tratamiento de datos, así como el bloqueo de los ya recopilados, a efectos de evitar daños potencialmente irreparables.  

La decisión de la AEPD ha sido avalada por la Audiencia Nacional al entender que debe “prevalecer la salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente de contenido fundamentalmente económico”. 

 

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El Parlamento Europeo aprueba el nuevo Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. 

El pasado 13 de marzo de 2024, el Parlamento Europeo aprobó por amplia mayoría, en primera lectura, el Reglamento del Parlamento europeo y del Consejo. Por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (ley de inteligencia artificial) de forma que dicho acto legislativo continúa su proceso de cara a su aprobación definitiva.  

Dicha norma, que se propuso el 8 de diciembre del pasado año, tiene como objetivo establecer normas armonizadas en materia de inteligencia artificial para el desarrollo, la introducción en el mercado y la utilización de sistemas de IA en la Unión Europea a partir de un enfoque proporcionado basado en la evaluación y gestión de los riesgos.  

 

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Derecho al olvido del condenado por el homicidio de los Sanfermines 2008 

La Audiencia Nacional confirma la denegación del ejercicio del derecho al olvido al hombre condenado por el homicidio de una joven en los Sanfermines de 2008, que solicitaba el bloqueo de varios enlaces a noticias que incluían información sobre el delito y sobre su puesta en libertad. La denegación se justifica, en que “el contenido de la información, la existencia de un proceso penal en el que el demandante resultó condenado, la naturaleza y circunstancias de los hechos y el poco tiempo transcurrido, continúan siendo necesarios en relación con los fines para los que se recogieron o trataron” primando por tanto el derecho a recibir información y la libertad de opinión a la protección de datos.  

Asimismo, cabe destacar la justificación de la denegación del ejercicio del mencionado derecho en relación con las búsquedas realizadas por términos distintos a su nombre y apellidos (“el asesino de…”; “el hombre que mató a…”) ya que se entiende que no son datos personales del interesado y que no encuentran cobertura en el artículo 93.3 LOPDGDD que exige que se trate de una búsqueda a partir del nombre del interesado.  

 

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Caso Miguel Hernández: El derecho al olvido sobre los fallecidos.  

El Tribunal Supremo en una reciente sentencia reconoce a las personas fallecidas el derecho al olvido en los mismos términos y límites que se reconocen para las personas vivas. Así, se permitiría a los herederos ejercitar dichos derechos en nombre de los fallecidos, tal y como sucedía en el caso objeto de autos, en el que el hijo del Secretario Judicial del Juzgado que instruyó la causa frente al poeta Miguel Hernández solicitaba la supresión de los enlaces a diversas noticias. 

En dicho asunto, si bien se reconoce el derecho a ejercitar el mencionado derecho al olvido, se entiende que no corresponde atender el mismo por primar el derecho a la libertad de información, expresión e investigación histórica frente al derecho al olvido.    

 

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CUMPLIMIENTO NORMATIVO

 

Medidas antifraude en el sector público.

Las administraciones públicas están reforzando la aplicación de las medidas antifraude, en este sentido recientemente se conocía la noticia de que el Ayuntamiento de Zaragoza ha optado por reforzar las medidas de control de cumplimiento normativo, para adaptarlas a los requisitos requeridos por Europa para la recepción de fondos Next Generation. En este sentido, el organismo ha revisado y actualizado el plan antifraude y ha creado un canal de denuncias, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de protección al informante, y comprometiéndose asimismo a formar a los funcionarios que integran su plantilla, en las materias de conflictos de intereses, fraude y corrupción. 

Por su parte la Agencia Valenciana Antifraude indicaba haber requerido a los Ayuntamientos Valencianos para que comuniquen si disponen de canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023. 

 

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PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

 

La Autorité de la Concurrence francesa impone a Google una sanción de 250 millones de euros por incumplir la normativa de propiedad intelectual. 

Se ha conocido recientemente una resolución de la Autorité de la Concurrence mediante la cual se sanciona a Alphabet Inc y sus filiales Google LLC, Google Ireland Ltd y Google France (Google) por incumplir los compromisos alcanzados con la mencionada Autoridad. En concreto, se habría incumplido la obligación de llevar a cabo negociaciones de buena fe con las principales agencias de prensa, sobre la base de criterios transparentes, objetivos y no discriminatorios, así como la obligación de transmitir a los editores y entidades la información necesaria para la evaluación transparente de su remuneración de derechos de autor, y la obligación de tomar las medidas necesarias para que las negociaciones no afecten a otras relaciones entre Google y los editores y agencias. 

Por otra parte, en la resolución también se sanciona el uso no informado ni autorizado de los contenidos de las agencias de prensa y de los editores para entrenar al servicio de inteligencia artificial “Bard” (actual Gemini) y la imposibilidad de dichas agencias y editores de oponerse al uso de su contenido por parte de Bard sin afectar a la visualización de los contenidos en otros servicios de Google. Esta opacidad, habría obstaculizado la capacidad de los editores y agencias de prensa para negociar una remuneración por el uso de sus contenidos.  

Google habría propuesto medidas correctivas para corregir los incumplimientos identificados por la Autoridad de Competencia pero a juicio de esta última dichas medidas no modificarían los compromisos previamente establecidos y no eximirían a Google de la sanción. 

 

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Un Juzgado ordena el bloqueo temporal de Telegram. 

El pasado 22 de marzo se hizo público un Auto de un Juzgado de Instrucción de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que acordaba como medida cautelar la suspensión temporal de los servicios que ofrece la aplicación Telegram. La medida se ha dictado en base a la posible comisión de “un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual, contra los titulares de diversos canales creados en la red social Telegram”, en el seno de un procedimiento instado por las principales empresas audiovisuales del país. 

El Auto expone que se solicitó a Telegram que aportase determinados datos que permitiesen la identificación de distintas cuentas que podrían infringir derechos de propiedad intelectual de las entidades personadas y ante la falta de respuesta de Telegram se entendió por el mencionado juzgado la suspensión del servicio. 

Sin embargo, el pasado 25 de marzo la Audiencia Nacional suspendió la medida cautelar, requiriendo a la Comisaría General que suministrase información sobre las “características – de Telegram – así como sobre la incidencia que pueda tener sobre los usuarios la suspensión temporal que acordó en un auto del pasado viernes y cuya ejecución queda en suspenso”. 

 

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Obsolescencia programada 

Se aprueba la Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo que respecta al empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y mediante una mejor información que modifica, entre otras, la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales y entre otros elementos, introduce referencias específicas a las prácticas de obsolescencia temprana programada incluyendo la obligación de facilitar e informar correctamente a los consumidores sobre: i) durabilidad, reparabilidad y disponibilidad de actualizaciones de software de los productos ii) los efectos de las actualizaciones de software por ejemplo prohibiendo ocultar información al consumidor sobre que una actualización de software afectará negativamente al funcionamiento de bienes con elementos digitales o al uso de contenidos o servicios digitales; iii) la existencia de garantías legales mediante la introducción de etiquetas aromonizadas o iv) la reparabilidad del producto proporcionado información sobre la disponibilidad de piezas de repuesto y la puntuación de reparabilidad del producto. 

La mencionada directiva no dispone aún de fecha de entrada en vigor.   

 

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NORMATIVA AL DÍA

 

El Consejo de Europa aprueba un Reglamento para hacer los servicios públicos digitales más eficientes. 

El Consejo ha aprobado el Reglamento sobre la Europa Inoperable, que tiene el fin de impulsar la transformación del sector público europeo, así como crear una red que interconecte las administraciones. Dicha norma se ha armonizado con el reciente Reglamento de Inteligencia Artificial, así como con el Reglamento General de Protección de Datos, en lo relativo al establecimiento de espacios controlados de pruebas de interoperabilidad y a la participación en ellos. 

 

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Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 6/2002 del Consejo, sobre los dibujos y modelos comunitarios. 

Se busca revisar y modernizar esta legislación en respuesta a los cambios digitales para hacerla más accesible y eficiente para las pequeñas y medianas empresas y los autores individuales.  

 

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Nueva convocatoria de subvenciones del Kit Digital. 

El pasado 8 de marzo, INCIBE presentó los programas Red.es a agentes del ecosistema, donde expresaron su intención de publicar nuevas subvenciones, así como ampliar las actuales. En cuanto a las vigentes, las subvenciones del Kit Digital, que hasta el momento se dirigían a empresas de menos de 50 trabajadores, se van a ampliar a las medianas empresas, de entre 50 y 250 trabajadores. Del mismo modo, tanto las subvenciones por implantación de Hardware, como en materia de ciberseguridad van a ser aumentadas, y se van a lanzar nuevas ayudas por implantación de IAs para gestión de clientes y procesos. 

Se ha previsto el lanzamiento de la orden de las bases a finales de marzo, o principios de abril.

 

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