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Desde el Equipo de Derecho de la Competencia le informamos de las últimas novedades en materia de Competencia por si pudieran ser de su interés.

 

JURISPRUDENCIA

 

TJUE / TGUE

 

CNMC

 

 NORMATIVA

 

 

 


 

JURISPRUDENCIA

TJUE / TGUE

  • El Reglamento de subvenciones extranjeras (RSE) y la posible colisión con normativa de terceros estados, ¿cuál prevalece?

07/10/2024

El TGUE se pronuncia sobre esta cuestión en el asunto T-284/24 R, Nuctech/Comisión. En el caso, Nuctech se oponía a facilitar cierta información a la Comisión, la cual actuaba bajo el marco del RSE. La empresa alegaba que ese requerimiento de información podía ir contra las normas penales y administrativas chinas, lo que el TGUE encuentra irrelevante, defendiendo que, de prevalecer el derecho de terceros estados sobre el RSE, el propio Reglamento perdería su propósito.

Referencia

 

  • TJUE vs FIFA: el Caso Diarra y las normas sobre transferencia de jugadores profesionales contrarias al Derecho de la Competencia.

04/10/2024

En lo que podría ser el “nuevo” caso Bosman, el TJUE determina que algunos puntos del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA infringen las normas de libre circulación de los jugadores y restringen la competencia entre los clubes. En el caso, se imponía una obligación de pago de indemnización tanto al jugador como a cualquier club que desease ficharle por resolver anticipadamente y sin justa causa el contrato.

Referencia

 

  • El TGUE anula una multa de 1.500 millones de euros impuesta a Google.

18/09/2024

La multa de 1.500 millones de euros fue impuesta por la Comisión Europea, debido a la existencia de abuso de posición dominante de Google a través de su plataforma de publicidad AdSense. En la sentencia, el TGUE ratifica gran parte de las apreciaciones de la Comisión, pero indica que ésta no logró demostrar que cada una de las cláusulas denunciadas constituyeran un abuso de posición dominante. Concretamente, no fue capaz de demostrar que las cláusulas fueron efectivamente capaces de disuadir a editores de contratar con intermediaros competidores de Google ni de que evitaran que estos competidores accedieran a una cuota significativa del mercado.

Referencia

 

  • El TJUE confirma la sanción impuesta por la Comisión Europea de 2.400 millones de euros a Google por favorecer su propio servicio de comparación de producto.

10/09/2024

El Tribunal confirmó la sanción impuesta por la Comisión Europea de 2.400 millones de euros en 2017 por haber abusado de posición de dominio en varios mercados nacionales de búsqueda en Internet, al haber favorecido su propio servicio de comparación de productos frente al de sus competidores. Resulta llamativo de este pronunciamiento la falta de descripción del concepto “self-favouring”, e indica que en este caso el comportamiento de Google fue discriminatorio y no correspondía a la competencia basada en los méritos.

Referencia

 

  • Límites a la Comisión Europea: no podrá controlar las operaciones que no cumplan los umbrales de notificación nacionales o europeos.

03/09/2024

El TJUE anula tanto la sentencia del TG como las decisiones de la Comisión en el asunto Illumina – Grail, delimita el ámbito de aplicación del artículo 22.1 del Reglamento de control de concentraciones y condiciona la posibilidad de remisión de un asunto por parte de una autoridad nacional de competencia a la Comisión Europea a que cumpla los umbrales establecidos (nacionales y europeos). Pese a ello, Vestager sigue remarcando la necesidad de poder controlar las “killer acquisitions”.

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CNMC

  • La CNMC inicia la Fase II en la OPA de BBVA y Banco Sabadell.

12/11/2024

El 12 de noviembre de 2024 se inició la Fase II de la OPA de BBVA y Banco Sabadell con las siguientes implicaciones:

    • Aumento de los plazos: puede alargar el proceso de aprobación ya transcurrido (Fase I) hasta 3 meses más, sin perjuicio de posibles suspensiones.

    • Riesgo de caída de la operación: por la pérdida de valor significativa por el transcurso del tiempo o las significantes exigencias de información o condicionantes impuestos.

    • Apertura del proceso a terceros interesados (competidores, clientes, proveedores e incluso entidades públicas).

    • Imposición de compromisos y condiciones tanto estructurales como de comportamiento y sanciones en caso de incumplimiento.

    • Otorga la última palabra para la aprobación de la operación al Gobierno.

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  • La CNMC impone una multa histórica a Booking: 413 millones por abuso de posición de dominio.

29/07/2024

La resolución señala que la empresa ha cometido dos abusos de posición de dominio (tanto de exclusión como de explotación), desde el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad, al imponer condiciones comerciales que suponen un desequilibrio inequitativo en la relación comercial con los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes online que ofrecen sus mismos servicios. Según la CNMC, la cuota de mercado de Booking ha oscilado en el período investigado entre el 70% y 90%, y se impidió, entre otros, ofertar las habitaciones de los hoteles en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking, a la vez que la empresa se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de su propia web o aplicación.

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 NORMATIVA

 

  • El nuevo Reglamento de arbitraje para resolver conflictos entre operadores económicos de la CNMC

03/09/2024

Esta nueva norma diseña el procedimiento arbitral y dota a la CNMC de una mayor transparencia y predictibilidad como órgano de arbitraje, convirtiéndolo en un árbitro más atractivo a la hora de resolver disputas en materia de competencia. Además, el reglamento introduce un procedimiento abreviado para la resolución de casos de menos cuantía (que no superen los 100.000 euros), y regula la confidencialidad y la publicidad de las resoluciones, poniendo como límite la defensa efectiva de la otra parte y abriendo la posibilidad a la publicación de las mismas si existiese acuerdo entre las partes. También abre la puerta al nombramiento de árbitros conforme a la ley de arbitraje, ofreciendo, de este modo, soluciones a aquellos extremos que no estén regulados en el reglamento.

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