1.- Objeto: Fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Las contrataciones deberán efectuarse desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
2.– Empresas y entidades beneficiarias.
2.1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:
Empresas.
Trabajadores/as autónomos/as.
Entidades sin ánimo de lucro.
2.2. Las beneficiarias de la subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
2.3. Las entidades beneficiarias deberán cumplir estos requisitos en la fecha presentación de la solicitud de la subvención y mantenerlos durante todo el periodo de vigencia del contrato subvencionado.
3.- Presentación de solicitudes y plazo: El plazo de presentación será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual.
4.- Actuaciones subvencionables.
Los contratos en prácticas objeto de subvención deben reunir los siguientes requisitos:
Serán objeto de subvención los contratos en prácticas que se desarrollen en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra.
La duración mínima del contrato será de 6 meses.
Las contrataciones deben referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o profesional de la persona contratada.
Los contratos se celebrarán a jornada completa o parcial, en este último caso nunca inferior al 50% de la jornada laboral establecida.
La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a las siguientes cuantías en función de la titulación académica
Titulación universitaria: 17.000 euros.
Ciclos formativos de Grado Superior (FPII): 14.500 euros.
Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad: 12.000 euros.
* Estas cuantías se refieren a jornadas completas, en caso de jornadas inferiores se reducirán proporcionalmente.
El contrato deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores y en su normativa de desarrollo.
5.- Cuantía de la subvención :el importe máximo de la subvención dependerá de la titulación académica de la persona contratada a jornada completa:
Titulación universitaria: 5.100 euros.
Ciclos formativos de Grado Superior (FPII): 4.350 euros.
Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad: 3.600 euros.
Para jornadas inferiores se reducirá proporcionalmente la subvención a conceder.
Todas las subvenciones señaladas se incrementarán con un 20% adicional en los siguientes supuestos:
Contratación de mujeres.
Contratación de personas con discapacidad, entendiendo por tales aquéllas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2. del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
6.- Bases y más información en el siguiente enlace: http://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletines/2017/110/Anuncio-1/